¿Cuáles son los gastos fijos del autónomo?

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Gastos fijos del autónomo:  Detalle, análisis e intento de aproximación en su cuantía.

Estos son los principales gastos más comunes para todos los autónomos, aunque algunos autónomos además tendrán gastos de compras de materiales o productos y gastos de personal, sobre los que poco se puede generalizar, dado que dependen de las peculiaridades de cada negocio

Cuota de la Seguridad Social del autónomo.

La cuota de autónomos este año 2022 es la siguiente:

Cotizando a base mínima (960,6 euros): 294 euros/mes.
Cotizando a base máxima (4.139,4 euros): 1.266,66 euros/mes.
Si tuviera derecho a la bonificación por tarifa plana para nuevos autónomos, pagará el primer año solo 65 €.

Para el ejercicio 2023 se establece cotización de los autónomos en función de sus ingresos reales en base a la siguiente tabla:
La nueva tabla de cotización de los autónomos para los próximos tres años:

tramos de fijos gastos de autónomos

tramos de fijos gastos de autónomos

La base de cotización al RETA se determinará por la totalidad de los rendimientos netos obtenidos por los trabajadores incluidos en él durante cada año natural por sus distintas actividades económicas y profesionales, teniendo en cuenta el PROMEDIO MENSUAL de rendimientos. El rendimiento neto se calcula de acuerdo con lo previsto en las normas del IRPF para el cálculo del rendimiento neto, excluido el gasto por cuotas de la Seguridad Social.

Con el rendimiento neto promedio mensual calculado según indicado en el párrafo anterior, se entra en la tabla consignada anteriormente.

Cuota de Asesoría

Incluye la gestión de libros obligatorios del autónomo y el asesoramiento y la gestión fiscal de tu actividad, incluida la confección y presentación de las declaraciones de impuestos. Con lo cambiante de la normativa fiscal y laboral y su creciente complejidad, unido al coste por sanciones de cometer algún error, resulta lo mas recomendable.

Algún profesional no empresario autónomo puede valorar la posibilidad de gestionarlo el mismo. Nuestra experiencia nos dice que, salvo que se trate de una persona con conocimientos y experiencia práctica en la materia, debe valorar si el tiempo de aprendizaje y el de gestión que debe restar del tiempo que dedica a su negocio, y el coste de los errores en fase de aprendizaje, es más eficiente que pagar una cuota a un especialista que puede cobrarle entre 50 y 60 € mensuales por ese trabajo, que será realizado por profesionales especializados.

Impuesto de la renta. Cantidad variable

El pago a cuenta a realizar será una cantidad variable que se determina en un 15% de sus ingresos para profesionales sujetos a retención, a aplicar en cada factura, o un 25% del beneficio trimestral para los profesionales o resto de autónomos no sujetos a retención, a pagar en cada declaración trimestral.

Impuesto sobre el valor añadido, que en realidad no representa un coste ni gasto.

Se cita en este artículo a efetos de recoger la obligación de liquidación y posiblemente de pago, aunque no representa en si un gasto pues el autónomo simplemente liquida con hacienda el balance entre cuotas recibidas por IVA repercutido en sus facturas a sus clientes, con las cuotas de IVA soportado abonadas a sus proveedores por las facturas recibidas. La diferencia entre ambas se liquida con la AEAT y puede llevar a un pago o a la posibilidad de reclamar de esta los saldos a su favor.

Es importante que el autónomo sepa que las cantidades que pueda haber recibido de mas en cuotas tras realizar este balance, tiene que entregarlas a la AEAT trimestralmente, de forma que prevea estos pagos.

Local, ya sea de actividad o de oficina, suministros y servicios (Teléfono, internet, luz…)

Si dispones de un local desde el que realices tu actividad, tendrás que hacer frente a gastos de alquiler en su caso, luz, agua, etc…

Ten en consideración que, para poder deducir estos gastos, el local deberías tenerlo declarado en tu alta censal como afecto a la actividad, y las facturas que deduzcas deben ir a tu nombre.

Si por el contrario trabajas desde casa, podrías deducirte los gastos de suministros (luz, agua, teléfono, Internet y gas) de tu vivienda habitual solamente en la siguiente cuantía: el 30 por ciento del gasto que corresponda a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total.

Desplazamientos

Salvo las actividades que se desarrollen plenamente desde un domicilio sin necesidad de desplazamientos, muchas otras actividades requieren de un desplazamiento del autónomo o sus empleados para realizar la actividad. En estos casos se hace necesario que el autónomo sufrague los gastos de esos desplazamientos.

Pero no siempre esos gastos van a poder ser deducidos como gastos de la actividad. Veamos en qué casos si se pueden deducir:

  • Desplazamientos realizados en medios de transportes públicos, debidamente justificados con la factura en regla correspondiente.
  • Desplazamientos realizados en vehículos industriales afectos a la actividad (no turismos) a nombre del titular de la actividad y con gastos justificados con las facturas correspondientes.
  • Desplazamientos realizados por los empleados con sus propios medios de transporte sufragados por el empresario en cuantía que resulte de computar 0,19 euros por kilómetro recorrido, siempre que se justifique la realidad del desplazamiento, más los gastos de peaje y aparcamiento que se justifiquen.

Los vehículos utilizados en los desplazamientos profesionales de los representantes o agentes comerciales podrán deducirse sin más prueba de que están asignados a personas con estas funciones.

Presencia en Internet

Por pequeño que sea tu negocio, para su viabilidad, la presencia en internet es fundamental.

La creación o contratación de un sitio web y la necesidad de contar con un correo electrónico corporativo te llevarán a tener que asumir un gasto de dominio y alojamiento web.
El dominio es el alquiler que pagas por usar el nombre de tu empresa para tu web y tus correos. La reserva del dominio tendrá un coste que se situará en torno a 25 € al año. El alquiler de alojamiento en un servidor para su web y sus correos los hay desde 10 euros al mes (no recomendables si alguna mínima parte de tu negocio pasa por tu web o tu correo). Por unos 20 €/mes podemos tener un alojamiento de calidad, con un buen servicio técnico.

Las facturas correspondientes son gastos deducibles si están emitidas a nombre del autónomo y cumplen con sus requisitos formales.

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