tipos de sociedades mercantiles

Al momento en que decides embarcarte en el gran proyecto de constituir una empresa, es indispensable saber qué tipo de sociedades mercantiles existen en el marco de las leyes de España.

Dado que deberás elegir la que más se adecue a los requerimientos de tu empresa, desde Sapientia, te traemos este artículo para que puedas introducirte en el tema.

¿Qué es una sociedad mercantil?

Las sociedades mercantiles son entidades jurídicas que se crean con el objetivo de realizar actividades profesionales, empresariales o industriales.

Una sociedad mercantil tiene implícita la colaboración de dos o más personas que contribuyen con aportes económicos, ya sea en forma de trabajo, conocimientos o capital económico.

Tienen fines de lucro y tienen personalidad jurídica propia.

Permiten a sus integrantes obtener derechos y asumir obligaciones.

¿Qué tipos de sociedades hay?

En España hay cuatro tipos de sociedades mercantiles. Cada una de ellas tiene sus ventajas y algunas desventajas en lo que se refiere a sus funcionamientos y las normas que las rigen.

Cuando hablamos de tipos de sociedades mercantiles nos referimos a: limitada, comanditaria o en comandita, anónima y colectiva.

Veremos las características de las sociedades en España.

¿Qué caracteriza a cada una? Ventajas y desventajas

Conocer las características y lo que las diferencia a las sociedades en España, es fundamental para saber qué camino tomar a la hora de constituirse o dirigirlas.

A continuación ahondaremos sobre los diferentes tipos de sociedades mercantiles, analizando, también, los pro y los contra de cada una.

Sociedad de responsabilidad limitada

Este tipo de sociedades mercantiles es la más común en el territorio español.

Es mediante la cual, los empresarios no tienen que responder con su patrimonio ante las eventualidades que podrían presentarse en la empresa, como por ejemplo las deudas que se generasen.

La responsabilidad que asumen los empresarios es la de responder con el capital aportado.
Por lo general, son las pymes las que se constituyen como sociedades de responsabilidad limitada.

Los montos para su constitución son inferiores a los que requiere una sociedad anónima.

Tal como te mencionamos, sus características principales son: que la responsabilidad de cada uno de los socios que la integran, es limitada y además que el capital se divide en participaciones.

A la hora de constituirla se precisa un capital mínimo de 3000 euros, los que deben ser desembolsados íntegramente. En lo que se refiere al número mínimo de socios para ser constituida, alcanza con que sea una sola persona.

Ventajas

  • La responsabilidad de los socios es limitada. Esto los beneficia en el caso de las deudas que se generen, sin tener que responder con su patrimonio personal.
  • Los trámites para constituirla y su funcionamiento son más simples que los que corresponden a una sociedad anónima.
  • Para iniciarla, se requiere un capital accesible.
  • Da la opción de que sea unipersonal.
  • Se puede constituir en un plazo corto, mediante el uso de medios electrónicos.

Desventajas

  • Las participaciones no pueden transmitirse con facilidad.
  • No es una sociedad mercantil conveniente si se busca atraer a muchos inversores

Sociedad anónima

Es el tipo de sociedad mercantil que más se utiliza, luego de la de responsabilidad limitada.

Una de sus características principales es que su capital se divide en acciones. A diferencia de la sociedad de responsabilidad limitada, en la sociedad anónima, estas acciones se pueden transmitir libremente. También se caracteriza porque puede estar formada por una gran cantidad de socios.

Para poder constituirla se requiere un mínimo de capital de 60.000 euros, con un desembolso del 25% cuando se realiza la escritura pública.

Si bien puede ser integrada por muchos socios, el mínimo para constituirse es una persona.

Ventajas

  • Se divide en acciones que se transmiten libremente
  • La responsabilidad de los socios se limita al capital que fue aportado
  • Puede ser de una sola persona
  • Puede cotizar en bolsa.

Desventajas

  • El capital mínimo para constituirla, es elevado
  • No se puede controlar la presencia de personas ajenas a la empresa
  • Los trámites para constituirla y su funcionamiento son más complejos que la de sociedad limitada.

Sociedad colectiva

Es un tipo de sociedad mercantil personalista.

En esta los socios tienen un papel preponderante, ya que además de invertir su capital, aportan su trabajo.

Además, ellos mismos gestionan la empresa. Por esta razón, las participaciones no se pueden transmitir libremente.

La responsabilidad de los socios es ilimitada, lo que significa que responden con sus bienes, cualquier pérdida que genere la empresa.

Dentro de este tipo de sociedad, está contemplada la figura del denominado socio industrial, en el que aporta solamente su trabajo.

Las sociedades colectivas provienen de la Edad Media, y en la actualidad su uso es muy reducido.

Para su constitución, no es necesario un mínimo de capital. Otra particularidad es que en su denominación debe incluirse el nombre de uno o más socios, más las palabras: “y compañía”.

Dos personas son suficientes para que pueda ser constituida.

Ventajas

  • Tanto la estructura como su funcionamiento son simples
  • No es necesario un capital mínimo para constituirse
  • Se puede controlar el acceso de personas ajenas a la entidad.

Desventajas

  • La responsabilidad es ilimitada
  • No está permitido delegar la gestión de la empresa a un profesional externo.

Sociedad comanditaria (o en comandita)

Es muy semejante al tipo de sociedad colectiva, pero se diferencia en que ofrece la posibilidad en que existe un tipo de socios que no tengan que tener a cargo la gestión de la empresa.

Es decir, que pueden tener dos tipos de socios: los colectivos y los comanditarios.

Los primeros deben responder de forma ilimitada a las deudas de la sociedad, y además tienen participación directa en la gestión.

En lo que respecta a los segundos: los socios comanditarios, no participan en la gestión y su responsabilidad es limitada, ya que se ajusta al capital que aportaron.

Existen 2 tipos de sociedades comanditas: la comanditaria simple y la comanditaria por acciones.

Ventajas

  • No requiere capital mínimo para su constitución.
  • Modalidad por acciones.
  • Se puede atraer el capital de terceros que no interfieren ni se incluyen en la gestión.

Desventajas

  • Su estructura y funcionamiento son más complejos.
  • Los socios no comanditarios no pueden votar ni participar en ningún acto de la gestión y administración de la sociedad.

Concluyendo este tema tan interesante, podemos señalar que a la hora de fundar una empresa es pertinente y necesario, tener claridad de objetivos. Sapientia, está conformada por profesionales expertos para asesorarte y puedas constituir y gestionar tu empresa con fluidez y eficiencia.

Estamos aquí para asesorarte, no dudes en contactarnos.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia clave entre una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL) y una Sociedad Anónima (SA)?

La diferencia clave radica en la transmisibilidad de las participaciones. En una Sociedad de Responsabilidad Limitada, las participaciones no son fácilmente transferibles, mientras que en una Sociedad Anónima, las acciones se pueden transmitir libremente.

¿Cuál es la ventaja principal de optar por una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL) en lugar de una Sociedad Anónima (SA)?

La principal ventaja es la simplicidad y la posibilidad de constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital más asequible.

Además, las SL ofrecen beneficios fiscales para beneficios superiores a 40,000 euros.

¿Cuál es el requisito de capital mínimo para constituir una Sociedad Anónima (SA)?

Para constituir una SA, se exige un capital mínimo de 60,000 euros, que debe desembolsarse en un 25% en el momento de la escritura pública.

¿Cuál es la principal ventaja de una Sociedad Colectiva?

La Sociedad Colectiva es adecuada para quienes buscan una estructura simple y no requieren un capital mínimo. Permite controlar el acceso de personas ajenas a la entidad.

¿Cuáles son los tipos de socios en una Sociedad Comanditaria, y cómo difieren en sus responsabilidades?

En una Sociedad Comanditaria, existen socios colectivos, que participan en la gestión y tienen responsabilidad ilimitada, y socios comanditarios, cuya responsabilidad se limita al capital aportado y no participan en la gestión.

¿Qué ventajas ofrece una Sociedad Anónima (SA) para ciertos sectores como el bancario o farmacéutico?

La SA es requerida en actividades específicas, como las bancarias, farmacéuticas, seguros, gestoras de fondos de pensiones, entre otras, genera una muy buena imagen y aporta confianza, ya sea de cara a otras empresas nacionales o extranjeras, debido a su estructura y requisitos legales.

¿Cuál es la principal desventaja de una Sociedad Colectiva en términos de responsabilidad?

La principal desventaja es la responsabilidad ilimitada y personal de los socios, quienes responden directamente de las pérdidas de la empresa, lo que puede representar un riesgo significativo.