Reclamar la devolución de la Tarifa Plana de Autónomos Societarios
Devolución de la tarifa plana de autónomos societarios
Sapientia, te ayudamos a reclamar la devolución de la Tarifa Plana de Autónomos Societarios. Siendo conscientes de la importancia de una gestión contable y fiscal ajustada y de calidad.
Somos partidarios de realizar previamente estudio de los derechos y circunstancias que corresponden a cada cliente. También, tenemos dispuestos los recursos pertinentes para hacer las particulares reclamaciones.
Tu tarifa plana de autónomo societario gestionada por especialistas
¿Vas a darte de alta como administrador de una SL o socio capitalista? Te aplicamos la tarifa plana de 80 € al mes desde el día uno y vigilamos tu prórroga al segundo año para que no la pierdas por desconocimiento. La gestionamos por completo en Importass y te entregamos el alta con la bonificación ya activa.
¿Ya estás de alta y crees que pagaste cuotas completas cuando te correspondía la bonificación? Estudiamos si todavía estás en plazo (prescribe a los 4 años desde cada pago) y, si tu caso es viable, presentamos la reclamación de devolución de ingresos indebidos ante la TGSS, hacemos seguimiento del expediente y recurrimos en alzada si la deniegan.
Trabajamos 100 % online, con asesor personal asignado, y nuestras tarifas para reclamaciones funcionan por éxito: si la Seguridad Social no te devuelve, no nos pagas nuestros honorarios variables. Solo cobramos por adelantado el estudio cuando hay viabilidad y nos das el OK por escrito.
La devolución se tramita mediante el procedimiento oficial de devolución de ingresos indebidos, regulado en la normativa de la Seguridad Social y gestionado a través del portal oficial Importass de la TGSS (portal.seg-social.gob.es).
En esta páginate explicamos cómo reclamar la devolución de la tarifa plana y cómo una gestoría online especializada puede ayudarte a hacerlo correctamente.

Sapientia en 1 minuto
Servicios de Devolución de la Tarifa Plana de Autónomos Societarios
Cubrimos los dos escenarios que afectan al autónomo societario: aplicar la tarifa plana correctamente en tu alta para ahorrar hasta 5.300 € en 24 meses, y reclamar la devolución a la Seguridad Social si en su día te cobraron cuotas completas teniendo derecho a la bonificación. Estos son los servicios incluidos en cada paquete:
Análisis de viabilidad jurídica
Revisamos tu encuadre en el RETA, fecha de alta y cumplimiento de requisitos. En 24 horas te confirmamos por teléfono si tu caso es viable y cuánto puedes ahorrar o recuperar. Sin coste y sin compromiso.
Auditoría de cuotas abonadas: Cálculo exacto del importe a recuperar
Descargamos tu histórico completo de cotización en la TGSS y calculamos al céntimo la diferencia entre lo que pagaste y lo que deberías haber pagado con la tarifa plana. Te lo entregamos en un informe firmado.
Aplicación de tu tarifa plana en el alta
Tramitamos tu alta en la Seguridad Social aplicando correctamente la bonificación por inicio de actividad para que pagues los 80 € de tarifa plana desde la primera cuota, en lugar de la cuota completa de autónomo societario.
Preparación expediente completo y fundamentado
Preparamos toda la documentación, redactamos el escrito jurídico invocando el artículo 31 de la Ley 20/2007 y las sentencias del Tribunal Supremo (STS 1669/2019, 286/2020 y 315/2020), y lo dejamos listo para firma con certificado digital.
Presentación telemática ante la TGSS
Presentamos la solicitud por ti en el portal Importass de la Seguridad Social mediante el procedimiento oficial de devolución de ingresos indebidos. Tú no tienes que entrar en ningún sitio web ni descargar nada.
Seguimiento, requerimientos y recursos
Vigilamos los plazos de la TGSS (hasta 6 meses para resolver), respondemos a cualquier requerimiento y, si la solicitud es denegada, presentamos recurso de alzada en el plazo de 1 mes.
Gestoría con respaldo humano y profesional
En reclamaciones trabajamos con honorarios variables vinculados al éxito: si la Seguridad Social no te devuelve nada, no nos pagas la parte variable. Solo cobramos por adelantado un importe simbólico de estudio cuando el caso es viable y tú das el OK por escrito.
¿Cómo puedo reclamar la tarifa plana de autónomo societario?
La reclamación se realiza ante la Tesorería General de la Seguridad Social, a través del procedimiento oficial de devolución de ingresos indebidos. Conforme a la normativa de la Seguridad Social, cuando se han abonado cuotas superiores a las que legalmente correspondían, puede solicitarse su devolución siempre que no haya prescrito el derecho (4 años desde cada pago).
Si nos contratas, nosotros nos encargamos de todo el proceso. Si quieres conocer cuáles son los pasos oficiales:
- Acceso al portal Importass (portal.seg-social.gob.es).
- Identificación mediante certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve.
- Selección del trámite "Devolución de ingresos indebidos".
- Indicación de los periodos afectados y de las cuotas a reclamar.
- Aportación de documentación justificativa que acredite el cumplimiento de los requisitos en el momento del alta.
- Espera de la resolución de la TGSS, que dispone de un plazo máximo de 6 meses.
- Si la solicitud es denegada, presentación de recurso administrativo en el plazo de 1 mes.
¿Por qué encargarnos a nosotros la gestión?
Reclamar la devolución de la tarifa plana no es simplemente rellenar un formulario en Importass. Requiere atender a varios puntos críticos en los que un error puede suponer la denegación del expediente o la pérdida definitiva del derecho:
- Verificar que realmente existía derecho a la bonificación en el momento del alta.
- Acreditar el cumplimiento de los requisitos legales vigentes en esa fecha.
- Fundamentar jurídicamente la solicitud invocando el artículo 31 de la Ley 20/2007 y la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
- Calcular correctamente el importe a partir del histórico de cotización oficial.
- Comprobar la prescripción de 4 años desde cada pago para saber qué cuotas son reclamables y cuáles ya no.
- Responder en plazo a los posibles requerimientos de la Seguridad Social durante la tramitación.
- Presentar el recurso administrativo en el plazo de 1 mes si la solicitud inicial es denegada.
¿Tu caso es reclamable? Estos son los requisitos
Puedes tener derecho a reclamar la devolución si cumples todos estos puntos:
- Te diste de alta como autónomo societario (administrador o socio capitalista con funciones de dirección en una SL o SA).
- Cumplías los requisitos legales para la tarifa plana en el momento del alta: alta inicial en el RETA o 2 años sin estar de alta (3 si ya la habías disfrutado antes), y estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
- Pagaste la cuota completa durante los primeros meses, en lugar de la cuota reducida de tarifa plana.
- No han pasado más de 4 años desde los pagos que deseas reclamar. Cada cuota prescribe de forma independiente, por lo que el plazo se calcula pago a pago.
- No todos los casos son reclamables. Si tu alta es anterior a 2020 y nunca presentaste reclamación, es probable que el derecho ya haya prescrito. Por eso es imprescindible un estudio previo antes de iniciar el procedimiento: para no invertir tiempo ni dinero en un expediente sin recorrido.
- Recuerda: la TGSS dispone de un plazo máximo de 6 meses para resolver, y si la solicitud es denegada puede interponerse recurso administrativo en el plazo de 1 mes. El derecho a reclamar prescribe a los 4 años desde cada pago realizado.
Solicita el estudio previo de tu caso ?

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Preguntas frecuentes
Sí, si en el momento del alta cumplía los requisitos exigidos por la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo y la Seguridad Social no le aplicó la bonificación. Las sentencias del Tribunal Supremo STS 1669/2019, 286/2020 y 315/2020 reconocieron que los autónomos societarios también podían beneficiarse de la tarifa plana si cumplían las condiciones legales.
Debía tratarse de un alta inicial en el RETA o no haber estado de alta durante el periodo previo exigido en cada momento (2 años con carácter general, 3 si ya se disfrutó antes de la tarifa plana). Además, no debía tener deudas con la Seguridad Social ni con Hacienda, ni incurrir en incompatibilidades. Es imprescindible revisar la normativa vigente en el año concreto del alta.
El plazo de prescripción es de 4 años desde la fecha de cada pago, conforme a la normativa de devolución de ingresos indebidos de la Seguridad Social. Cada cuota prescribe de forma independiente. Pasado ese plazo, las cantidades anteriores no pueden reclamarse.
Se presenta mediante el procedimiento oficial de devolución de ingresos indebidos en el portal Importass de la Tesorería General de la Seguridad Social, aportando la documentación que acredite el derecho a la bonificación y los periodos afectados.
La devolución corresponde a la diferencia entre la cuota completa abonada y la cuota reducida de tarifa plana que debería haberse aplicado. El importe depende del año de alta, la base mínima de cotización vigente y el número de meses afectados que no hayan prescrito. En algunos casos puede suponer varios cientos o miles de euros.






