¿Qué son los gastos deducibles?

Concepto: Gastos deducibles

Gastos deducibles son aquellos que la norma fiscal acepta para restar de los ingresos a la hora de determinar la renta neta que constituya la base imponible del tributo, en el caso del Autónomo (IRPF) o el resultado del ejercicio de la sociedad que constituya la base imponible del impuesto (Impuesto de Sociedades) en una sociedad.

Veamos pues los criterios de deducibilidad de gastos establecidos por Hacienda y comprobemos que coinciden con nuestros libros a efectos de realizar la declaración correspondiente:

QUE REQUESITOS MÍNIMOS DEBE TENER UN GASTO PARA CONSIDERARSE DEDUCIBLE A EFECTOS FISCALES

Los criterios que Hacienda establece para considerar que un gasto puede ser considerado como gasto deducible son:

1.-Deben ser gastos directos y exclusivos de la actividad económica realizada por el autónomo o sociedad, o como dice Hacienda, que estén “afectos” a la actividad y tengan correlación con los ingresos

Para simplificar, podríamos decir que serán todos aquello que respondan negativamente a la pregunta ¿tendría yo este gasto si no estuviese ejerciendo mi actividad?

Ejemplo: ¿Tendría yo un gasto de asesoría si no ejerciese mi actividad? NO. Pues entonces la factura de la asesoría podremos contemplarla como gasto de nuestra actividad.

¿Tendría yo el gasto de seguro de responsabilidad civil por la cuota que me pasa la compañía de seguros si no ejerciese mi actividad? NO. Pues entonces el gasto de la póliza de responsabilidad civil podremos contemplarla como gasto de nuestra actividad.

2.-Deben encontrarse convenientemente justificados mediante las correspondientes facturas (no sirven los ticket ni los justificantes de pago salvo en algunas ocasiones específicas que comentaremos más adelante). Por tanto, tendremos que adquirir la costumbre de pedir factura de todo. Son válidas para deducir gastos las facturas simplificadas para gastos inferiores a 400 € iva incluido.

3.-Deben estar registrados contablemente por el autónomo en sus correspondientes libros de gastos e inversiones y por la sociedad en su contabilidad. Por tanto, debemos cerciorarnos de que hemos informados a la asesoría y esta ha recogido en los libros de facturas recibidas, todos los gastos que tengamos para que queden registrados correctamente.

4.- Que no se trate de gastos no deducibles expresamente indicados en el artículo 14 del TRLIS.

Una relación muy exhaustiva y detallada con sus peculiaridades, de gastos deducibles para autónomos y para sociedades puedes encontrarlas en los siguientes enlaces del Blog de Sapientia.

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