¿Cómo y cuándo usar una factura rectificativa?

Hoy, desde Gestoría Online Sapienta, hablamos de las facturas rectificativas. ¿Las utilizas a menudo?. En nuestro post de hoy os enseñamos sus características, en qué consiste, cuándo se debe emitir, y el tratamiento del IVA.

Índice

Qué son las facturas rectificativas

En primer lugar podríamos definir una factura rectificativa como aquella factura que se emite con la intención de hacer algún tipo de ampliación o modificación específica en relación a la factura original.

Si detectamos que tenemos un error en algún dato relevante de la factura, en lugar de acudir a la factura original para realizar el cambio, tenemos que emitir una factura nueva que amplíe o rectifique la parte implicada, quedando de esta forma intacta la validez de la factura original.

Cuando se deben de emitir las facturas rectificativas

Entre los motivos más habituales para la realización de una factura rectificativa, están:

  • Errores en los cálculos de los importes.
  • Errores en los datos profesionales.
  • Falta de información importante en el documento.
  • Errores en el tipo de IVA, o una cuota mal calculada.

En el caso de que tengamos que modificar el importe, es vital hacerlo dentro de los cuatro años desde la fecha del devengo. La factura rectificativa tendrá que incluir solamente el importe procedente de la modificación, pudiendo ser positivo o negativo. En este caso la factura original y la rectificativa son válidas.

Existe la posibilidad de emisión de una factura rectificativa con los datos correctos, en este caso se entenderá que dicha factura sustituye a la original anulándola.

Si se identifican bien todas las facturas que necesitamos rectificar, tenemos la posibilidad de hacer una rectificación de varia facturas en una sola.

Qué deben incluir

En cuanto a la emisión de facturas rectificativas es importe que incluyan:

  • Motivo de la emisión de la factura, así como de la rectificación que se va a realizar.
  • Datos relevantes de la factura original, como número y fecha.
  • Tendrá que tener una numeración distinta a la original.
  • Se tiene que indicar de forma clara que es una factura rectificativa.

Os hemos comentado que se pueden emitir facturas rectificativas negativas, sin embargo existen algunos casos en los que la agencia tributaria las rechaza. Nos referimos a los casos de anulación de una prestación de servicios.

Tratamiento del IVA

Para modificar el IVA de una factura, nos encontramos con dos posibilidades:

  1. Modificación del IVA en una factura. Si las cuotas de IVA se han calculado de forma incorrecta, es necesario realizar una factura rectificativa.
  2. Recuperación del IVA de una factura impagada. Existen algunos casos de emisión de facturas a clientes habiendo pagado y declarado el IVA correspondiente, pero que no se hayan cobrado. Es posible utilizar la factura rectificativa para recuperar el IVA, con el objetivo de cambiar la base imponible de la factura original, para anular la cuota repercutida.

Emitir una factura rectificativa

Por último los pasos necesarios para la emisión de una factura rectificativa son:

  1. Tenemos como plazo un 1 mes para emitir la factura rectificativa.
  2. En caso de impago del cliente los plazos varían en función del motivo de impago, ya sea que el cliente no pueda o no quiera pagar o, otro posible caso, que presente concurso de acreedores.

En el primer caso, deberemos acudir a la vía judicial o al requerimiento notarial, respetando los siguientes plazos: desde la fecha de la factura hay que dejar pasar de 6 meses a 1 año para poder emitirlas, según el volumen de operaciones que registre la empresa deudora.

Desde la emisión de la factura rectificativa se concede un mes para comunicarlo a la AEAT, adjuntando las facturas originales junto a las rectificativas y la acreditación de la reclamación correspondiente.

El plazo para emitirlas, sin embargo, será de 1 mes en caso de que la empresa deudora se encuentre en concurso de acreedores, es decir, desde la publicación del Auto de declaración en el BOE. En este caso, además, se concede otro plazo de 1 mes para comunicarlo a la AEAT con un breve escrito al que se adjunten tanto las facturas originales como las rectificativas.

Obligación de expedirlas

  1. Cuando la factura emitida inicialmente sea incorrecta o errónea porque no cumpla con los requisitos establecidos en los art. 6 y 7 del Reglamento por el que se regula la obligación de facturación.
  2. Cuando se den la circunstancia establecida en el art. 80 de la ley 37/1992.
  3. Cuando las cuotas repercutidas del IVA se hubiesen determinado incorrectamente.

Cómo se hace una factura rectificativa

La factura rectificativa debe emitirse recogiendo la siguiente información:

  • Se hará constar que es Fra. Rectificativa y la causa que motiva la rectificación.
  • Además de incluir los datos comunes a cualquier factura (fecha, CIF, domicilio…), incluirá:
  1. Datos identificativos de la factura rectificada y rectificación efectuada.
  2. Una serie especial de numeración.
  • Los datos relativos a la base imponible y cuota tributaria podrán consignarse: bien indicando directamente el importe de la rectificación, con independencia de su signo, o bien, como quedan tras la rectificación efectuada, indicando igualmente, el importe de la rectificación.

 

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