Autónomos en pluriactividad y la devolución de excesos cotizados a la seguridad social, hasta el 30 de abril.

Un autónomo en pluriactividad esta cuando, por cuenta ajena además de cotizar en el Régimen Especial de Autónomos (RETA), también lo hace en el Régimen General. Por lo tanto se efectúa una doble cotización y los autónomos tendrían derecho a una devolución en caso de un exceso de cuota.

Para poder reclamar dicha devolución, se debe superar la cantidad de 12.368,23 euros en cuotas totales anuales pagadas entre los dos regímenes de cotización, estipulada por los Presupuestos Generales del Estado.

El plazo de la devolución de los excesos cotizados para los autónomos en pluriactividad expira el 30 de abril.

Entonces podrá solicitar una devolución del 50% del exceso mientras que sus cotizaciones ingresadas superen la mencionada cuantía (conoce aquí: tarifa plana del autónomo societario).

Ejemplo cálculo cuota para autónomos en pluriactividad

Como ejemplo de cálculo de exceso de cuotas para autónomos en pluriactividad. Imaginemos que el trabajador tiene una base de cotización de 3.000 euros por contingencias comunes en el régimen general. De este modo le corresponde una cotización del 28,30%, de la cual el trabajador aporta el 4,70 y el resto la empresa, lo que supone un total de 849 euros mensuales, que al final del año serán 10.188 euros.

Además debemos sumar las cantidades aportadas en el RETA. Supongamos que cotiza por la base mínima, en este caso 893,24, lo que supone un coste mensual de 266,18 que a lo largo del año suma 3.194,23. El total de los ingresos realizados suma por lo tanto 13.382,23, cifra superior al tope y que supone un exceso de cotización.

La cantidad a devolver sería el resultado de restar ambas cantidades; es decir, 13.382,23-12.368,23= 1.014 euros, a los cuales se deben aplicar un 50% al que tenemos derecho de devolución, entonces serían 507 euros a devolver, ya que no supera el 50% de las cantidades ingresadas en el RETA.

Derecho a la devolución

No todos los autónomos en pluriactividad tienen derecho a la devolución del exceso de cuotas. Si creemos que la cantidad no corresponde, tenemos que calcularlo nosotros mismos y solicitar a la Seguridad Social dicha cantidad durante los primeros cuatro meses del año.

Los autónomos mileuristas, no tienen derecho a devolución, y sólo aquellos con 35.000 euros anuales brutos de sueldo en el Régimen General llegaran a la cifra límite, teniendo en cuenta cotizar la base mínima en el RETA.

Cambios en la ley de emprendedores

Hubo una serie de cambios en la Ley de Emprendedores para los nuevos autónomos que estuvieran en régimen de pluriactividad. Desde el 1 de enero del 2014 pueden obtener la bonificación del 50% de la cuota de autónomos, aplicando la misma en cada una de las mensualidades en el momento del pago. Solamente tendrán derecho a él los trabajadores que estén cotizando en el régimen general y se den de alta en autónomos por primera vez.

En España hay unos 100.000 trabajadores autónomos en pluriactividad. El límite de cotización se establece en los Presupuestos Generales del Estado y se modifica cada año.

 

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